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BOLETÍN TRIBUTARIO, SOSTENIBLE, LEGAL Y ADUANERO

Este es el hecho generador del impuesto de publicidad exterior visual

Este es el hecho generador del impuesto de publicidad exterior visual

Conforme a lo expresado por la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda, la instalación de vallas de comunicación, destinadas a informar o llamar la atención del público, de tamaño igual o superior a 8 metros cuadrados, genera la obligación de pagar el impuesto de publicidad exterior visual. Esto, inclusive en aquellos casos en que el contenido de la valla sea únicamente la invitación a pautar o publicar en dicho medio.

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