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BOLETÍN TRIBUTARIO, LEGAL Y ADUANERO

Boletín #266

Condiciones para la no sujeción al ICA de los servicios prestados por entidades en el sistema nacional de salud

Según lo expuesto por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, los ingresos obtenidos por las entidades integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud solamente se encuentran excluidos del impuesto de industria y comercio -ICA, cuando provengan de la prestación de servicios del Plan Obligatorio de Salud -POS.

 

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