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TRIBUTARIO,LEGAL Y ADUANERO

Boletin # 237

IVA pagado en capacitaciones necesarias de personal puede imputarse como descontable

Según el Consejo de Estado, la compra e importación de repuestos para permitir el funcionamiento en condiciones adecuadas de los bienes a los que estos se incorporan genera IVA descontable conforme a las reglas previstas en los
artículos 485 y 488 del Estatuto Tributario, en la medida en que no incrementen la eficiencia ni la vida útil de tales bienes y, por tanto, no se consideran activos fijos. Adicionalmente, el Colegiado señaló que también es descontable el IVA pagado en adquisición de seguros y capacitaciones de personal que se consideren gastos necesarios para el desarrollo de la actividad generadora de renta del contribuyente.

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