banner image
Tributario

Boletín # 210

El pago de membresía para pertenecer a un club de compras no está gravado con IVA

En atención a la consulta elevada a la DIAN respecto a si los pagos por membresías a un club de compras o derecho por acceso a tiendas está gravado con IVA, La sección cuarta del Consejo de estado mediante sentencia 11001-03-27-000-2020-00028-00 (25410) precisó lo siguiente:
“La actora sostuvo que la obtención de la membresía a un club de compras supone la adquisición de un bien intangible que no está asociado a la propiedad industrial porque: i) sólo se otorga el derecho personal e intransferible de acceder a las tiendas físicas ovirtuales del respectivo club y ii) de la adquisición de este derecho no surge una obligación de hacer, sino de dar, pues el club no realiza ninguna actividad, trabajo o labor.Adicionalmente, discutió que la administración no explicó las razones por las cuales considera que la membresía a un club de compras está gravada con IVA.

Descargar [ 2942 kb ]