banner image
BOLETÍN TRIBUTARIO Y LEGAL

¿Cómo debe notificarse la resolución que resuelve el recurso de reconsideración?

¿Cómo debe notificarse la resolución que resuelve el recurso de reconsideración?

De acuerdo con lo indicado por la DIAN, la resolución que resuelve el recurso de
reconsideración debe notificarse de manera personal, o por edicto cuando el correo
electrónico sea devuelto o el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, no comparece dentro del término de los diez días siguientes a la fecha de introducción al correo de la citación. Asimismo, si el correo es devuelto, la notificación se surtirá en la dirección que se encuentre registrada en el RUT.

 

DESCARGAR [ 1423 kb ]

Copy text of article