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BOLETIN TRIBUTARIO, LEGAL Y ADUANERO

IVA para juegos de suerte y azar en línea será exigible desde el 22 de febrero de 2025

IVA para juegos de suerte y azar en línea será exigible desde el 22 de febrero de 2025

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó que el IVA sobre los juegos de suerte y azar operados por internet será exigible a partir del 22 de febrero de 2025. Según el concepto emitido por la entidad, este impuesto es de causación instantánea, lo que descarta la aplicación de la regla del artículo 338 de la Constitución Nacional, destinada a tributos de período. Con esta decisión, se aclara el momento en que las plataformas de juego en línea deberán empezar a cumplir con esta obligación tributaria.

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