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BOLETÍN TRIBUTARIO Y LEGAL

Cálculo de la mora en la corrección de la declaración de retención en la fuente

Cálculo de la mora en la corrección de la declaración de retención en la fuente

Reconsiderando la tesis sobre la mora en la presentación de declaraciones de retención en la fuente planteada en concepto de febrero de 2024, la DIAN señaló que, para el cálculo de intereses moratorios, ésta puede tener dos formas distintas. De esta manera, la mora se computa hasta la fecha de pago del impuesto sobre la renta cuando en la declaración se liquida un saldo a pagar, y hasta el 31 de diciembre del respectivo año gravable cuando se liquide saldo a favor. 

 

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